DIVISIÓN DE FISCALIZACIÓN OPERATIVA Y EVALUATIVA
ÁREA DE FISCALIZACIÓN DE SERVICIOS ECONÓMICOS
T: (506) 2501-8000 F: (506) 2501-8100 C: contraloria.general@cgr.go.cr S: http://www.cgr.go.cr/ Apdo. 1179-1000, San José, Costa Rica
Al contestar refiérase
al oficio No.13155
23 de diciembre, 2011
DFOE-EC-0661
Licenciado
Alfredo Cordero Chinchilla
Secretario Junta Directiva
AUTORIDAD REGULADORA DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS
Estimado señor:
Asunto: Aprobación parcial del presupuesto inicial del período 2012 de la
Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos.
Con el propósito de que lo haga de conocimiento de los señores miembros de Junta
Directiva, y se emitan las instrucciones a las instancias que resulten pertinentes, me
permito remitirle el presupuesto inicial de esa entidad aprobado parcialmente por la suma
de ¢14.610.609,6 miles.
Sobre el particular le indicamos lo siguiente:
1. CONSIDERACIONES GENERALES
1.1. Origen del estudio y alcance
El estudio se originó en las atribuciones conferidas a la Contraloría General
de la República en los artículos 184 de la Constitución Política de la República de Costa
Rica, 18 de su Ley Orgánica No. 7428 y otras leyes conexas.
Para el análisis respectivo, se han tenido a la vista los siguientes
documentos: el presupuesto ordinario y el plan operativo institucional, que fueron
aprobados por la Junta Directiva, según consta en el acta de la sesión extraordinaria No.
61-2011 celebrada el 26 de setiembre de 2011, y que fueran remitidos con el oficio No.
455-GG-2011 del 30 de setiembre de 2011.
El estudio se realizó de acuerdo con la normativa jurídica aplicable según las
circunstancias, la normativa técnica que rige la materia y la emitida por la Contraloría
General de la República, según su competencia. El cumplimiento del bloque de legalidad
en relación con la etapa de formulación y aprobación interna es responsabilidad del
jerarca y los ...
Fecha publicación: 13/01/2012
Fecha emisión: 23/12/2011
Institución: AUTORIDAD REGULADORA DE LOS SERVICIOS PUBLICOS
Emite: AREA FISC. DE SERVICIOS ECONOMICOS
Tipo documental: PRESUPUESTO INICIAL (CLASE INACTIVA)
Proceso: ANALISIS DE PRESUPUESTO ORDINARIO
DIVISIÓN DE FISCALIZACIÓN OPERATIVA Y EVALUATIVA
ÁREA DE SERVICIOS PARA EL DESARROLLO LOCAL
T: (506) 501-8000 F: (506) 501-8100 C: contraloria.general@cgr.go.cr S: http://www.cgr.go.cr/ Apdo. 1179-1000, San José, Costa Rica
Al contestar refiérase
al oficio Nro. 13021
FAX Nro. 2448-4058
21 diciembre, 2011
DFOE-DL-1221
Señora
Roxana Chinchilla Fallas
Secretaria Municipal
Ingeniero
José Joaquín Brenes Vega
Alcalde Municipal
MUNICIPALIDAD DE POÁS
Alajuela
Estimados señores:
Asunto: Improbación del presupuesto inicial del período 2012 de la
Municipalidad de Poás.
Para que lo haga de conocimiento de los miembros del Concejo y para
lo que compete al Alcalde de esa Municipalidad, se les informa que con
fundamento en las atribuciones conferidas a la Contraloría General de la
República en los artículos 175 y 184 de la Constitución Política de la
República, 18 de su Ley Orgánica Nro. 7428 y otras leyes conexas, se
imprueba el presupuesto inicial de esa Municipalidad para el ejercicio
económico 2012, remitido mediante oficio Nro. MPO-ALM-244-2011 del 27
de setiembre de 2011.
Lo anterior, por cuanto el citado presupuesto no incluye el contenido
suficiente para cubrir todos los egresos probables durante el período 2012,
incumpliéndose lo dispuesto en el artículo 176 de la Constitución Política, 90
y 91 del Código Municipal, así como el principio de universalidad establecido
en la Ley de Administración Financiera de la República y Presupuestos
Públicos Nro. 8131, artículo 5 incisos a) y d); la norma 502.04 del Manual de
Normas Técnicas sobre presupuesto que deben observar las entidades,
órganos descentralizados, unidades desconcentradas y municipalidades,
sujetos a la fiscalización de la Contraloría General de la República y el
numeral 2.2.1.5 a) de las Normas Técnicas básicas que regulan el Sistema
de Administración Financiera de la Caja Costarricense de Seguro Social,
Universidades Estatales, Municipalidades y ...
Fecha publicación: 23/12/2011
Fecha emisión: 21/12/2011
Institución: MUNICIPALIDAD DE POAS
Emite: AREA FISC. SERV. DESARROLLO LOCAL
Tipo documental: PRESUPUESTO INICIAL (CLASE INACTIVA)
Proceso: ANALISIS DE PRESUPUESTO ORDINARIO
Tesauro: Principios
DIVISIÓN JURÍDICA
Al contestar refiérase
al oficio N° 08522
08 de setiembre de 2011
DJ-0995-2011
Señores
Emilio Arias Rodríguez
María Lourdes Echandi Gurdián
Miembros, Junta Directiva
AUTORIDAD REGULADORA DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS
(ARESEP)
Estimados señores:
Asunto: Se rechaza solicitud de reconsideración en relación con la opinión jurídica no
vinculante emitida mediante oficio No. 07094 (DJ- 0828- 2011) de fecha 3 de agosto de 2011.
Nos referimos a su escrito, sin número, presentado a esta Contraloría General de la República
el día 16 de agosto del año en curso, mediante el cual se solicita evaluar la pertinencia de reconsiderar
la opinión jurídica no vinculante contenida en el oficio No. 07094 (DJ-0828-2011) de fecha 3 de
agosto de 2011, emitida por la División Jurídica de la Contraloría General de la República.
Sobre el particular, indican los solicitantes, con el objetivo de ampliar los antecedentes de la
consulta planteada por el Regulador General de la Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos, en
oficio número 288- RG- 2011, que en su oportunidad esa autoridad, consultó a la Procuraduría General
de la República que si en vista de que el artículo 1º de la ley de creación de la ARESEP dispone que
esa institución “no se sujetará a los lineamientos del Poder Ejecutivo en el cumplimiento de las
atribuciones que se le otorgan en esta ley”, cabría concluir que la ARESEP se encontraba fuera del
alcance del poder de dirección del Poder Ejecutivo, el cual se concretiza en el dictado de directrices,
como la aludida.
Igualmente, señalan los gestionantes que la Procuraduría General de la República al resolver la
consulta en su dictamen vinculante No. C-102-2006 de fecha 7 de marzo de 2006, determinó que el
Poder Ejecutivo sí está en capacidad de vincular a la ARESEP mediante una directriz dirigida a regular
temas como el salarial y de austeridad.
Asimismo, manifiestan que si bien el pronunciamiento de la Procu ...
Fecha publicación: 02/09/2011
Fecha emisión: 30/08/2011
Institución: AUTORIDAD REGULADORA DE LOS SERVICIOS PUBLICOS
Emite: DIVISION JURIDICA
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: EMISION DE CRITERIO
DIVISIÓN JURÍDICA
Al contestar refiérase
al oficio N° 07094
03 de agosto de 2011
DJ-0828-2011
Señor
Dennis Meléndez Howell
Regulador General
AUTORIDAD REGULADORA DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS
Estimado señor:
Asunto: Opinión jurídica no vinculante. Se atiende consulta planteada por el Regulador
General de la Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos, sobre el ámbito
de aplicación de la Directriz- 13- H emitida el 4 de marzo del 2011, por la
Presidencia de la República conjuntamente con el Ministro de Hacienda.
Nos referimos a su oficio número 288- RG- 2011, presentado a esta Contraloría General de
la República el día 8 de junio del año en curso, mediante el cual se consulta sobre el ámbito de
aplicación de la Directriz-13-H, emitida el 4 de marzo del 2011, por la Presidencia de la República,
conjuntamente con el Ministro de Hacienda.
I. Consideraciones previas.
Señala el consultante que en Alcance No. 13-A a La Gaceta número 45 de fecha 4 de marzo
de 2011, se publicó la Directriz No. 013-H, la cual dispone una serie de lineamientos para la
reducción del gasto público y la racionalización de su uso, entre los que se encuentran los
siguientes: 1) No creación de plazas en el sector público; 2) No utilización de plazas vacantes con
las excepciones allí indicadas, y 3) Las entidades públicas en su conjunto reducirán mediante
modificación presupuestaria un veinte por ciento (20%) de sus presupuestos aprobados,
exceptuándose las partidas de remuneraciones, transferencias y el servicio de la deuda pública,
incluyendo la sub- partida de información.
Asimismo, indica el consultante que el artículo 9 de la mencionada directriz, enumera un
listado de instituciones públicas que están excepcionadas de la aplicación de la directriz, entre las
cuales no se encuentra la Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos (ARESEP).
De igual manera, el consultante manifiesta tener dudas razonables sobre la aplicación de esa
di ...
Fecha publicación: 09/07/2011
Fecha emisión: 06/07/2011
Institución: AUTORIDAD REGULADORA DE LOS SERVICIOS PUBLICOS
Emite: DIVISION JURIDICA
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: EMISION DE CRITERIO
Tesauro: Institucionas Autonomas, Canones
DIVISIÓN DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA
Al contestar refiérase
al oficio Nº 03570
25 de abril, 2011
DCA-1040
Señor
Luis Fernando Sequeira Solís
Auditor Interno
Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos
Estimado señor:
Asunto: Se atiende consulta relacionada con el registro extemporáneo en el Sistema Integrado de
Actividad Contractual (en adelante SIAC), de la contratación directa 2010CD-000112-ARESEP.
Nos referimos a su oficio PROV-00365-2010, de fecha 24 de enero de dos mil once
recibido el día 25 del mismo mes y año, por medio del cual solicita el refrendo del contrato referido
en el asunto.
I. Antecedentes de la consulta.
La auditoría Interna de la Autoridad Reguladora de los Servicio Públicos, expone lo
siguiente:
-Que de conformidad con el estudio que se está realizando en la Auditoría Interna sobre la
“Evaluación del proceso de contratación para el alquiler del edificio Multipark se observa que el
Registro en el SIAC de la contratación Directa 2010 CD-000112-ARESEP se aplicó en forma
extemporánea
-Que la Administración activa reconoce el acto administrativo y consulta al Lic. José
Antonio Solera Víquez, consultor legal, si ese hecho generar conlleva alguna responsabilidad.
-Que mediante oficio JASV-010-2010 del 19 de marzo de 2010, el Lic. Solera indica al
Regulador General Dr. Fernando Herrero A, lo siguiente:
“…6. En el criterio del suscrito, en ningún momento se ha pretendido soslayar la formalidad de la
conformación de un expediente ni hacer los registros correspondientes, si no que estos
requerimientos se han cumplido según las características propias de la modalidad de selección del
contratista que se ha empleado en este caso de conformidad con el ordenamiento jurídico. Lo
anterior de ninguna manera es generador de responsabilidades de ningún tipo, toda vez que para
ello se requieren actuaciones negligentes, originadas en una culpa grave o dolo y el caso pre ...
Fecha publicación: 28/04/2011
Fecha emisión: 25/04/2011
Institución: AUTORIDAD REGULADORA DE LOS SERVICIOS PUBLICOS
Emite: DIVISION DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: ASESORIA SOBRE HACIENDA PUBLICA
DIVISIÓN DE FISCALIZACIÓN OPERATIVA Y EVALUATIVA
ÁREA DE SERVICIOS PARA EL DESARROLLO LOCAL
T: (506) 2501-8000 F: (506) 2501-8100 C: contraloria.general@cgr.go.cr S: http://www.cgr.go.cr/ Apdo. 1179-1000, San José, Costa Rica
Al contestar refiérase
al oficio Nro. 02926
29 de marzo, 2011
DFOE-DL-0235
Ingeniero
José Joaquín Brenes Vega
Alcalde Municipal
MUNICIPALIDAD DE POÁS
Estimado señor:
Asunto: Aprobación del presupuesto extraordinario Nro. 2-2011 de la
Municipalidad de Poás.
Con la aprobación de la Contraloría General de la República, se remite el
presupuesto extraordinario No. 2-2011 de esa Municipalidad, por un monto de
¢324.588.694,67.
Sobre el particular se indica lo siguiente:
1. El contenido presupuestario propuesto en la partida de remuneraciones
para los reajustes salariales, se aprueba, con base en las justificaciones
consignadas en este documento.
No obstante, en vista de que con la aplicación de provisiones, o por el
mecanismo de modificación presupuestaria, se vienen realizando ajustes de
carácter salarial, los cuales de acuerdo con la reglamentación vigente no requieren
de la aprobación de esta Contraloría General, se les recuerda que es de la entera
responsabilidad de la Administración que dichos ajustes salariales aprobados
internamente cumplan con los requerimientos legales y técnicos pertinentes.
Consecuentemente, la aprobación de esta Contraloría General está referida a la
previsión presupuestaria necesaria para cubrir las obligaciones salariales
correspondientes, lo que no implica un aval a lo actuado en relación con dichos
ajustes. Así las cosas, no se emite criterio sobre los salarios base reflejados en el
detalle de la relación de puestos, así como del detalle del cálculo del salario del
alcalde.
2. Se toma nota de la información aportada mediante oficio
Nro. MPO-PRM-05-2011 del 23 de marzo de 2011, mediante el cual comunican a
esta Contraloría General que por ...
Fecha publicación: 04/04/2011
Fecha emisión: 29/03/2011
Institución: MUNICIPALIDAD DE POAS
Emite: AREA FISC. SERV. DESARROLLO LOCAL
Tipo documental: PRESUPUESTO EXTRAORDINARIO
Proceso: ANALISIS DE PRESUPUESTO EXTRAORDINARIO
DIVISIÓN DE FISCALIZACIÓN OPERATIVA Y EVALUATIVA
ÁREA DE SERVICIOS PARA EL DESARROLLO LOCAL
T: (506) 2501-8000 F: (506) 2501-8100 C: contraloria.general@cgr.go.cr S: http://www.cgr.go.cr/ Apdo. 1179-1000, San José, Costa Rica
Al contestar refiérase
al oficio Nro. 02014
2 de marzo, 2011
DFOE-DL-0150
Ingeniero
José Joaquín Brenes Vega
Alcalde Municipal
MUNICIPALIDAD DE POÁS
Alajuela
Estimado señor:
Asunto: Aprobación del presupuesto extraordinario Nro. 1-2011 de la
Municipalidad de Poás.
Con la aprobación de la Contraloría General de la República, se remite el
presupuesto extraordinario No. 1-2011 de esa Municipalidad, por un monto de
¢215.600.429,75. Sobre el particular se indica lo siguiente:
1. Este presupuesto extraordinario fue presentado ante la Contraloría
General, fuera del plazo establecido en el artículo 97 del Código Municipal, por lo que
deberán tomar las acciones que correspondan, a efecto de determinar los eventuales
responsables por el incumplimiento legal y evitar que a futuro se repita esta situación.
2. En la aplicación de los recursos provenientes del préstamo con el Instituto
de Fomento y Asesoría Municipal (IFAM), Nro. 2-CV-1322-1008, para obras de
infraestructura en la red vial cantonal, se deja a responsabilidad de ese municipio el
coordinar con ese Instituto la adecuada ejecución de los recursos.
3. Respecto de los recursos del superávit específico saldo de partidas
específicas, queda a entera responsabilidad de esa Administración el verificar la
finalidad exacta establecida en la ley que les da origen. Asimismo, será responsable de
velar porque esos recursos se administren tal y como lo establece la Ley Nro. 7755,
relativa al Control de las partidas específicas asignadas con cargo al Presupuesto
Nacional, del 23 de febrero de 1998. Además, deberán atender lo señalado en los
artículos 5, 7 y 25 de la Ley Orgánica de esta Contraloría General, No. 742 ...
Fecha publicación: 11/03/2011
Fecha emisión: 02/03/2011
Institución: MUNICIPALIDAD DE POAS
Emite: AREA FISC. SERV. DESARROLLO LOCAL
Tipo documental: PRESUPUESTO EXTRAORDINARIO
Proceso: ANALISIS DE PRESUPUESTO EXTRAORDINARIO
DIVISION DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA
Al contestar refiérase
al oficio Nº 01236
11 de febrero, 2011
DCA-0345
Ingeniero
José Joaquín Brenes Vega
Alcalde
Municipalidad de Poás
Estimado señor:
Asunto: Se devuelve sin refrendo la solicitud planteada mediante oficio ALM-265-2010, por
ser improcedente su conocimiento.
Nos referimos a su oficio ALM-265-2010, mediante el cual se remite para refrendo “el reajuste de
precios solicitado por Constructora Blanco Zamora S.A.”, empresa contratista del contrato derivado
de la licitación pública 2009 LN-OOOO2-ASISTA, por concepto de suministro, acarreo,
colocación y acabado final de mezcla asfáltica en caliente en proyectos de la Municipalidad de
Poás. Conviene advertir que aún cuando se plantea una solicitud de refrendo, su solicitud no se
acompaña de contrato u adenda, lo cual en todo caso deviene innecesario por las razones que de
seguido se expondrán:
Sobre el particular, ha de indicarse que de conformidad con el artículo 10 del Reglamento sobre el
Refrendo de las Contrataciones Administrativas, la legalidad y aplicación del mecanismo de
revisión de precios pactado entre las partes, resulta competencia exclusiva de la Administración
licitante, en este sentido señala la norma:
“Artículo 10 - Alcance del análisis en el reajuste y la revisión de precios. Cuando las
partes hayan establecido un mecanismo de reajuste o revisión de precios, la Contraloría
General lo analizará como parte del trámite de refrendo en los términos del inciso 7) del
artículo 8 de este Reglamento, en lo conducente, excepto en los casos de contratos de
servicios, suministros y obra pública, en los que será de entera responsabilidad de la
Administración la legalidad del mecanismo pactado.
En los casos excluidos del análisis de refrendo según el párrafo anterior, la
Administración deberá adoptar las medidas de control interno que le permitan gesti ...
Fecha publicación: 16/02/2011
Fecha emisión: 11/02/2011
Institución: MUNICIPALIDAD DE POAS
Emite: DIVISION DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA
Tipo documental: CONTRATOS Y/O ADDENDA
Proceso: REFRENDO DE CONTRATOS